miércoles, 31 de diciembre de 2008

Deseos para el 2.009

En estas fechas en que se hace resumen, examen de conciencia y buenos propósitos para el futuro, queremos en primer lugar acordarnos de los compañeros que han sido despedidos de esta Empresa en los últimos tiempos.
Así, nuestro homenaje y cariño a:

Área Técnica: Juan Ramón, Aurora, Daniel, José, Rafael, Javier y Manuel
Administración: Eva, Ana y Manuel
Comercial: Simón, Fernando, Francisco, Manuel Ignacio, José Luis, y José.

No podemos olvidarnos de ti, José, de Comercial, que te viste obligado a pedir la baja voluntaria en la Empresa por el continuo acoso a que te sometía tu Jefe de Equipo, José María con el apoyo del Delegado, Javier. Ni de ti... Eva, que te marchaste porque RR.HH. no te otorgó tus justas y legítimas peticiones.
No nombramos a los compañeros que, sin motivo justificado, no vieron renovado su contrato porque la lista sería interminable, pero también están en nuestra memoria.
Como no puede ser de otro modo, nuestro deseo para el próximo año es que la Dirección de la Empresa recapacite y cambie su política con respecto al valor que más cuidan las empresas con miras de futuro, (y más ante la crisis que sufrimos), que es el humano. Que mire al exterior y vea que la injusticia, el acoso, las amenazas y el trato vejatorio no benefician a nadie y se aperciba de que va contracorriente.

viernes, 26 de diciembre de 2008

No estamos solos.


Lo sabíamos pero ahora lo sabe todo el que se acerque a este rincón:

Nuesro blog es visitado con mucha frecuencia por muchos compañeros que, mediante correos, llamadas telefónicas y NOTAS en su Sección Sindical se solidarizan con nosotros. A todos ellos

G R A C I A S

Reproducimos arriba la nota que ha publicado y nos remite la Seccion Sindical de CASBEGA, S. A.
Pero no es lo único, hay notas de prensa, divulgación a escala nacional mediante boletines electrónicos de CC.OO., etc.
Es hora de que se sepa que ha terminado la impunidad que gracias al ocultismo provocado por las amenazas y el terror gozaban los "zeñoritos" que campan por aquí.


jueves, 25 de diciembre de 2008

Agradecimiento

Queremos agradecer a todos los compañeros que se han unido con su firma al MANIFIESTO del Comité de Empresa de Sevilla contra la política de despidos que la Empresa viene practicando.
El éxito ha sido absoluto, con un resultado hasta el momento del noventa y cinco por ciento, es decir, que solo seis de la personas a las que dimos a conocer el documento y la posibilidad de adherirse a él, se negaron. Entre ellos, mandos intermedios.
Como todo el mundo sabe, se respetó escrupulosamente la libertad de cada uno.
Por tanto, nuestra ENHORABUENA a todos. Se seguirá pidiendo firmas hasta completar la totalidad de la plantilla del centro de trabajo de La Rinconada. Desde aquí animamos a seguir el ejemplo en las Delegaciones.
La primera lectura es que los trabajadores de RENDELSUR, en su gran mayoría, estamos hartos de sufrir amenazas, trato discriminatorio, ataques a nuestros derechos, de que jueguen con el pan de nuestras familias, que nos engañen cuando firman un Acuerdo con el propósito de no cumplirlo... Y QUEREMOS DECIRLO MUY CLARO Y MUY ALTO:
¡YA NO NOS AMEDRANTAN!

martes, 9 de diciembre de 2008

MANIFIESTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DE SEVILLA


domingo, 7 de diciembre de 2008

SIGUEN LOS DESPIDOS EN RENDELSUR(COCA-COLA)

El Comité de Empresa de Sevilla de RENDELSUR, expresa su total desacuerdo con la política de despidos que esta Empresa está siguiendo en los últimos años. Desde el cinco de diciembre de dos mil cinco, ocho compañeros del Área Técnica y otros tantos de Comercial han sido despedidos aquí, en el centro de trabajo de Sevilla, evitando la publicidad de estos hechos a base de talonario, es decir, pagando a los despedidos indemnizaciones de cuarenta y cinco días por año de servicio.
El último caso, el del compañero Manolo J. S., ocurrido el día dos de este mes de diciembre. Ese es su “premio” y “regalo de Navidad” a catorce años de dedicación al trabajo que, por las condiciones en que éste ha de desarrollarse, le ha costado la salud. Su culpa: estar enfermo.Como queda dicho, este compañero ha tenido la mala suerte de enfermar...
, lo que le ha provocado unas pequeñas limitaciones para desarrollar su trabajo (reconocidas y propuestas por vigilancia de la salud de RENDELSUR en informes). Para su superior más inmediato, dichas limitaciones eran un problema, por lo que la mayoría de las veces, simplemente, no las tenía en cuenta. Todo esto ha desembocado en un agravamiento de su enfermedad y alargamiento de los procesos de bajas por I.T.
En una empresa como esta, que se vanagloria de ayudar a los mas desfavorecidos, sin embargo una persona con limitaciones no interesa y sin miramiento a sus años de servicio la echa, reconociendo la improcedencia del despido para evitar de nuevo una publicidad negativa.
Pero, con ser lo más importante, no es esto solo lo que suma en su haber la actual Dirección: hay que añadirle la falta de respeto a este Comité, (y por tanto a todos los trabajadores a quienes representa), al incumplir de forma reiterada y contumaz artículos del Convenio Colectivo y Acuerdos, firmados libremente por ambas partes, o hacer interpretaciones peregrinas y lesivas para el interés de los trabajadores de otros artículos que se firmaron hace muchos años.
Por eso este Comité ha decidido emprender acciones sindicales con el fin de corregir esta actitud que entendemos negativa para todos, y se reserva las actuaciones judiciales y ante la Inspección de Trabajo que considere oportunas para preservar los derechos de todos y cada uno de los que trabajamos en esta Empresa.
Y para eso necesitamos el apoyo y unión de todos. La participación activa de todos nosotros, los trabajadores de todas las áreas, en las acciones que desde el Comité se emprendan y de las que iremos informando.

jueves, 27 de noviembre de 2008

Accede cómodamente al Convenio

Aunque hemos repartido bastantes libros del Convenio, ahora tienes la posibilidad de acceder a él pulsando en el link "XV CONVENIO COLECTIVO RENDELSUR (BOJA)" que encontrarás en "Enlaces de Interés", a la derecha de esta página.
Es el publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), y te lo puedes descargar en PDF.
Si tienes algún poblema, no dudes en ponerte en contacto con un mensaje a la dirección electrónica del blog.

sábado, 22 de noviembre de 2008

Noticias de la actividad del Comité de Empresa

Una vez recuperada la normalidad en el blog, os informamos de que se está hablando con la Empresa sobre la jornada de los días anteriores a Navidad, Año Nuevo y Reyes para evitar que nadie termine su trabajo después de las tres de la tarde esos días, sin llegar todavía a un acuerdo. Se han mantenido reuniones a nivel de Comité de Empresa, los días cinco y catorce de este mes, en las que, además, se ha dicho a la Empresa que hay irregularidades en los Cuadrantes de Turnos. Ya sabeis que cuando veais que no se cumple la rotación de vuestro turno, lo debeis poner en conocimiento del Comité de Empresa para que se reclame y tomen las medidas adecuadas. Lo que no debemos hacer es callarnos.Ya puedes volver a mandar comentarios a tu blog.

¡ENHORABUENA!

Compañeros, ya se han superado las diez mil visitas a este blog que humildemente creamos la Sección Sindical de Comisiones Obreras de RENDELSUR con el fin de daros información de primera mano de todo lo relacionado con nuestra actividad; pero también como instrumento de consulta y, sobre todo, para que pudierais hacer oír vuestra voz, de forma personal o anónima, para expresar vuestras inquietudes, vuestras críticas y vuestras valoraciones. Se han ido publicando vuestros comentarios, y se ha procurado dar cumplida respuesta a todos ellos. Consideramos un éxito alcanzar este número en solo unos meses... Como recordaréis se comenzó a publicar el domingo diecisiete de febrero, con la bienvenida que escribió Alfredo Aranda y que terminaba manifestando la gran ilusión con que emprendíamos el proyecto. Pues bien, esa ilusión, hoy en día y tras algunos avatares, como ser pirateados, está redoblada. Y esas diez mil vistas muestran que acogisteis con la misma ilusión e interés nuestra iniciativa.
Por todo ello: NUESTRO AGRADECIMIENTO, en primer lugar a ti, lector, que nos haces continuar. A ti, compañero, que confías en nosotros y nos haces ser aún más exigentes con nuestras responsabilidades. A ti, crítico, que nos mantienes en permanente ejercicio de humildad y esfuerzo. A los que con su opinión han enriquecido, con lenguaje de Cervantes o, (más importante), con faltas de ortografía y muchísima gramática parda, este rincón perdido en la Red, donde nos reunimos en complicidad para saber de lo nuestro, en nuestra intimidad.
Un abrazo de toda la Sección Sindical.
Manolo Campos.

miércoles, 15 de octubre de 2008

Los piratas casi lo consiguen.

Pues eso compañeros... después de varias semanas con el blog hackeado por algún gracioso, volvemos a estar operativos. Solo queremos trasladar a ese o esos piratas, que os tendréis que esforzar un poco mas para quitarnos las ganas de seguir, y que no somos ningunos catetos incultos como para creer que el blog estaba totalmente pirateado. Otra vez será campeón.

sábado, 26 de julio de 2008

Convenio aprobado.

Tras la asamblea desarrollada hoy 26 de Julio de 2008, se ha aprobado la firma del XV convenio por mayoría. Dicha firma se hará formal el próximo miércoles 30 de Julio de 2008. Queremos agradecer desde estas líneas a todos los compañeros que desde un principio, han estado en todas las asambleas participando de la negociación de este convenio, porque sin su esfuerzo esto no hubiese sido posible. A todos ellos muchas gracias.

jueves, 17 de julio de 2008

ASAMBLEA.

El comité de empresa de Sevilla convoca a todos los trabajadores de dicho centro a la asamblea que tendrá lugar el próximo sábado 26 de julio, en hora aún por determinar y en las instalaciones de la empresa, para ratificar la firma del XV convenio. Pedimos desde estas líneas la máxima asistencia por parte del personal.
Saludos.

miércoles, 16 de julio de 2008

Todo casi hecho.

Hoy se ha firmado el preacuerdo de los turnos del área técnica quedando colmadas todas nuestras expectativas como sección sindical, lo que significa que damos nuestro visto bueno al preacuerdo del XV convenio, que esperamos sea ratificado por nuestros compañeros en la asamblea que previsiblemente celebraremos el sábado 26 en hora aún por determinar. Decimos lo de previsiblemente porque la sección sindical de U.G.T. ha convocado una reunión extraordinaria para mañana día 17 de julio, para según ellos tratar el calendario laboral. Por nuestra parte y siendo fieles a nuestra palabra, creemos que se cumplen los compromisos que nos habíamos marcado para este convenio, así que por ello esperamos el mayor respaldo por parte de todos en la asamblea para ratificar el convenio.
Adjuntamos el preacuerdo firmado en el día de hoy.




Seguiremos informando.

lunes, 14 de julio de 2008

Últimos flecos.

A pesar de que el preacuerdo de convenio está firmado por la mesa negociadora, hay un punto importante que aún está por concluir, y se trata del calendario laboral y el cuadrante de turnos del área técnica. Son muchos los compañeros que no paran de insistir en que se firme el convenio ya de una vez, pero por tener prisa podemos tirar al traste tanto trabajo y negociar un mal acuerdo con respecto a los turnos. Tengamos paciencia, que las prisas no son buenas consejeras, y que todos seáis conscientes de que hasta que este acuerdo de turnos no esté bien atado no habrá asamblea para ratificar la firma del convenio. Este miércoles tenemos reunión con la empresa y esperamos que esto quede zanjado lo antes posible.
Saludos.

sábado, 5 de julio de 2008

Nos vamos a Valladolid.

Este lunes 7 y hasta el martes 8, toda la sección sindical de CC.OO. participará en las segundas jornadas organizadas por CC.OO., en la que estarán representadas todas las embotelladoras de cocacola en España, que se celebrarán en Valladolid.

Respuesta a los compañeros.

Sobre estas líneas vamos a responder a las recientes preguntas que en forma de comentarios han dejado algunos compañeros.
Con respecto a las 4 horas de la jornada reducida de feria que la empresa ha decidido descontar del computo de la jornada anual, os tenemos que comentar que bajo nuestro criterio esas horas son computables, y por lo tanto no deben ser descontadas del computo anual de horas trabajadas, no obstante nuestros abogados tendrán que estudiar el tema y darnos una contestación, que para eso son ellos los que están capacitados.
Con respecto a la famosa "grati" o "prima", no hemos llegado a ningún acuerdo, ya que la empresa requería la compensación y absorción de los complementos personales, algo que si hubiésemos aceptado sería un suicidio por nuestra parte. Solo puedo comentar que el acuerdo que firmó en su día U.G.T. sigue vigente hasta el 2012. Sabemos que este acuerdo no es bueno, ya que no garantiza... el cobro de la prima para todos ni tampoco aclara como se va a pagar, pero es lo que hay ahora mismo. Nosotros pedíamos una tabla de cantidades fijas, sobre las que se basaría el incremento anual de estas primas, algo que no fue aceptado por la empresa, queriendo esta recoger en convenio el mismo acuerdo con el que contamos actualmente, mas la coletilla de compensable y absorbible para todo el mundo. No obstante le vamos a exigir a la empresa que se cree una comisión para vigilar el cumplimiento del acuerdo de las primas.
Con respecto a lo que hará U.G.T., pues no tenemos ni idea es mejor que se lo preguntes a ellos. Solo podemos decir que nosotros somos una sección sindical con iniciativa propia, y que no esperamos a lo que pueda hacer otra sección sindical para tomar nuestras decisiones, ahora... que si otros no paran de subirse a nuestro carro constantemente y mantenerse en la cola del pelotón, es su problema, y dice el tipo de sindicalistas que son. Yo me siento muy orgulloso por el trabajo realizado por todos los componentes de la sección sindical de CC.OO., porque hemos puesto toda la carne en el asador... de otros sindicatos mejor no opino.
Saludos y espero que vuestras dudas hallan sido aclaradas.

sábado, 28 de junio de 2008

Preacuerdo del XV convenio colectivo.

Este pasado jueves 26 de Junio, se ha llegado a un preacuerdo de firma del XV convenio entre la parte social y empresarial. Este preacuerdo tendrá que ser ratificado en una asamblea de trabajadores que casi con toda seguridad se celebrará el próximo sábado 5 de Julio.
Los puntos que se han conseguido negociar están redactados en el acta que se puede leer mas abajo. A parte de estos puntos, el comité de empresa de Sevilla ha vinculado a la firma del convenio la negociación de dos acuerdos de tremenda importancia para la planta de Sevilla. Uno de ellos es la planificación de los turnos del área técnica con el suficiente tiempo de antelación y el otro es volver a cobrar la bolsa de vacaciones en un sólo pago. A día de hoy la empresa está dispuesta a concedernos estos dos puntos, pero es el miércoles 2 de Julio cuando tengamos una reunión del comité de Sevilla con la empresa, cuando estos acuerdos tienen que ser firmados. Si dichos acuerdos no son ratificados este miércoles, la sección sindical de CC.OO. no firmará el convenio.
Seguiremos informando.


martes, 17 de junio de 2008

Anónimos...

Espero no calentarme mucho con el artículo que voy a exponer a continuación. Esto va dirigido a todos esos anónimos que escriben comentarios para que sean publicados en el blog, y que dada su falta de respeto o por su falta de conocimiento y ganas de tocar las narices no son publicados. Que sepáis que soy yo, ALFREDO ARANDA (secretario de comunicación) quien filtra esos comentarios y no los publico porque no lo considero oportuno. Si sois tan valientes, lo primero que tendríais que hacer es poner vuestro nombre y mandarme un e-mail, para saber quienes sois. De todas formas estos anónimos a los que a partir de ahora llamaré cobardes, no tienen lo que hay que tener para venir a las asambleas y decirnos a nosotros en persona y delante de todos los compañeros, las barbaridades que escriben en forma de comentarios. No daré cabida en nuestro blog a cobardes y arrastrados, que solo tienen bemoles de expresar su opinión escudados tras un teclado y parapetados en su propia cobardía.
No volveré a escribir ningún artículo al respecto, no merece la pena volver a hablar de estos cobardes arrastrados.
Solo me queda decir que no todos los comentarios que escribáis, me llegan, ya que hasta a algunos miembros de la sección sindical de CC.OO. me preguntan que ocurren con alguno de sus comentarios y es porque no me llegan.
Repito que censuraré todos los comentarios que sean injuriosos y vejatorios, y al que no le guste que vaya a las asambleas y nos lo diga a la cara.

lunes, 16 de junio de 2008

Nuevas ventajas para afiliados a CC.OO.

La Secretaría de Servicios de CCOO Sevilla ha suscrito un acuerdo con la Organización Colegial Naturopática FENACO por el que se ofrece un descuento del 15% a todos los afiliados/as y a sus familiares en los servicios de naturopatía y métodos naturales de la salud tales como osteopatía, homeopatía, fitoterapia, dietética y nutrición. Con la Autoescuela Heliópolis el acuerdo supone el 50% de descuento en la matrícula para todos los afiliados y afiliadas.

sábado, 14 de junio de 2008

Teníamos razón.

Este pasado jueves, la empresa entregó al comité una lista con los nombres de algunos de los compañeros que en el año pasado, excedieron el límite de la jornada de 1800 horas anuales.
Tras ser esta sección sindical la primera que puso en conocimiento a todos los compañeros, de que al menos como mínimo cada trabajador completó una jornada anual de 1816 horas, y gracias a que algunos de ellos (en concreto 84) hicieron el ejercicio moral y tuvieron la valentía, de reclamar una revisión de su jornada en el año 2007, la empresa ha reconocido (como no podía ser de otra manera) que se produjo dicho exceso de horas, y por lo tanto decidió dar el viernes libre a algunos compañeros, en concepto de las horas derivadas del exceso del año pasado.
A pesar de todo, no estamos del todo contentos con la resolución adoptada por la empresa, ya que al resultante del exceso... de horas, le ha restado 4 de las mismas, alegando que las horas de la jornada reducida de feria, no computan como tiempo de trabajo, algo en lo que nosotros diferimos, y si la empresa no cambia de opinión, consultaremos con nuestros abogados las posibilidades de que esta, rectifique su postura.
También comentaros, y a título aclaratorio, que todo aquel trabajador que durante el disfrute de sus vacaciones durante el año pasado, se encontrase algún día de fiesta dentro de cualquiera de las dos quincenas disfrutadas, dichos días de fiesta, también serán tomados como base de cálculo, para obtener el número de horas trabajadas en 2007.
Sólo nos queda felicitar a esos 84 "espartanos", porque gracias a ellos todos disfrutaremos de dos días de descanso como mínimo.
GRACIAS.

miércoles, 11 de junio de 2008

ÉXITO.

De esta forma podemos calificar la asamblea realizada el pasado 7 de Junio. Hubo un gran número de asistentes, en concreto 72, y la participación durante la asamblea fue bastante fluida y productiva, ya que en en la misma, los compañeros comunicaron al comité su negativa a tratar la ampliación del artículo sobre faltas y sanciones, y que el artículo que regula los complementos personales, no pierda la coletilla de que no pueden ser compensables ni absorbibles.
Así mismo el comité fue informado sobre el continuo incumplimiento por parte de la empresa, de lo pactado en convenio, como por ejemplo los ascensos, la rotación de todo el personal en los turnos de trabajo, etc...
A la asamblea acudió como invitado nuestro compañero Paco Figueroa (al cual desde estas líneas agradecemos su asistencia), secretario de acción sindical de la unión provincial de Sevilla, que tuvo una actuación ejemplar y que así mismo se llevó una grata sorpresa al ver el número de asistentes y el nivel de compromiso de cada uno de ellos.
Sólo nos queda comentaros que tras las demostraciones de civismo, democracia y saber estar, que demostráis en cada asamblea, sois una magnífica referencia para este comité, que a en definitiva es vuestra voz.
Agradecer a todos los asistentes su presencia y su participación, y comentaros a todos, que esta debe ser la línea a seguir para conseguir los objetivos que nos propongamos.

lunes, 26 de mayo de 2008

ASAMBLEA.

A petición de la sección sindical de CC.OO., y aprobada por mayoría en el comité de empresa, se convoca a todos los trabajadores/as de RENDELSUR a una asamblea que tendrá lugar el 7 de Junio de 2008 a las 10:30 en alguna instalación de la empresa que esta tenga a bien ofrecernos. Por nuestra parte le hemos solicitado el salón de actos o en su defecto la sala de reuniones en la zona de comercial. Los puntos del día de la asamblea serán: Información sobre la negociación de convenio y ruegos y preguntas.
Creemos desde esta sección sindical, que es el momento oportuno para informar a todos/as del desarrollo de la negociación así como también recabar las inquietudes que tienen al respecto todos nuestros/as compañeros/as. Os rogamos que asistáis todos a esta asamblea, así como que todos los departamentos estén representados por algunos compañeros/as de los mismos. Es de vital importancia la presencia del máximo número de compañeros/as.
NO LO DUDES ASISTE.
Saludos.

jueves, 15 de mayo de 2008

Se comienza a acercar posturas.

Llegado este punto de la negociación, ya se van poniendo las cartas sobre la mesa. Tanto la parte social como la empresarial, han expuesto los puntos que realmente creen importantes para que la negociación llegue a buen puerto, lo que no excluye la posible negociación de los demás puntos, pero si aclara bastante la línea a seguir en la negociación. A estas alturas nadie puede asegurar que la negociación vaya a llegar a buen puerto, ya que hay algunos puntos en los que el consenso entre ambas partes, es realmente difícil o casi imposible, pero es nuestro trabajo intentar acercar posturas siempre que no perjudique los derechos de nuestros compañeros. Seguiremos trabajando en esta línea y seguiremos informando, cuando se vayan produciendo nuevos acontecimientos. Adjuntamos el acta de la reunión mantenida en el día de hoy. Saludos.

miércoles, 30 de abril de 2008

La web de CC.OO. Sevilla.

Desde el pasado mes de enero, CC.OO. de Sevilla cuenta con una página web http://www.andalucia.ccoo.es/sevilla
La página cuenta con seis secciones:

* Actualidad. Sección de noticias que intenta actualizarse diariamente con actos, campañas, acuerdos, movilizaciones,…donde el sindicato, con sus distintas ramas, participa en la provincia de Sevilla.
* Documentos: Es la sección donde se encuentra el Realidad, datos relativos al paro y la contratación, nuevos cursos de formación,…
* Ventajas para personas afiliadas. Acuerdos que suscribe CCOO Sevilla con las diferentes empresas, Isla Mágica, Podovir, ACUDE,…
* Enlaces a otras web interesantes
* Breve historia de las Comisiones Obreras de Sevilla
* Quiénes somos

jueves, 24 de abril de 2008

Objetivo cumplido.

Tras la reunión mantenida con la empresa en el día de hoy, por el comité intercentros, esta ha reconocido un exceso de jornada sobre las 1800 horas en el pasado año de 2007. Por lo tanto, todos aquellos trabajadores que han reclamado la revisión de su jornada anual, deberán ser respondidos por parte de la empresa por escrito, informándoles sobre el número de días de los que puede disfrutar en descanso. Los términos del acuerdo, lo podéis leer en las actas del artículo expuesto mas abajo.
Agradecemos a todos los compañeros que han ejercido su derecho a la revisión de su jornada anual, porque gestos como este, hacen que este comité se sienta fuerte.
Enhorabuena a todos, y que disfrutemos de esos días de descanso que por ley nos pertenecen.
Un abrazo compañeros...

Actas.


lunes, 21 de abril de 2008

! Malditos macutazos !

Queremos aprovechar desde estas líneas para comentaros, el daño que nos hace a todos, los "macutazos" que ya se escuchan por la empresa. Hemos de dejar claro que todo lo que sean conjeturas, va en detrimento de la negociación del convenio. Quien vaya lanzando estos "macutazos" por ahí, les hace un flaco favor a todos sus compañeros, así que os pedimos que sólo confiéis en los comunicados oficiales del comité de empresa. Es la misma historia de siempre... que si estamos negociando esto, que si vamos a perder lo otro, que vamos a trabajar sábados y domingos, etc...
No entendemos tampoco ese afán de que se firme el convenio lo antes posible para cobrar la subida salarial. Os informamos... que en este punto de la negociación la empresa sólo ha ofrecido la misma subida que se obtenga del I.P.C., o sea, por debajo de estos últimos convenios. Dejadnos trabajar tranquilos, ya que sabemos cuales son nuestros principales objetivos, y también sabemos en que no vamos a entrar a negociar.
Siguiendo en esta línea, comentaros también que aunque algún que otro delegado de otra fuerza sindical, vaya prometiendo ascensos y pases a plantilla tras la firma del convenio, desde CC.OO. os transmitimos que los ascensos y los pases a plantilla, " no están vinculados a la negociación colectiva ", que quede bastante claro.
Os pedimos la ayuda de todos para negociar el mejor convenio posible, entre todos debemos desmontar esos "macutazos", ya que sólo hacen daño y trasladar una presión a los miembros del comité, que para nada nos ayuda.
Confiad en CC.OO., ya que hemos demostrado ser una sección sindical seria y honesta.
Saludos.

sábado, 19 de abril de 2008

¡Ánimo compañeros!

Lo habéis logrado. Y descubriréis al gusano “pica cubas”.
Desde aquí nuestra solidaridad con los compañeros de S.T.H. que han sufrido un sabotaje en trescientas máquinas “pre-mix”, que suponen más del cincuenta por ciento de las que instalan en la Feria de Sevilla.
Pero estos compañeros, a muchos de los cuales conocemos pues han pertenecido hasta no hace demasiado tiempo a RENDELSUR, han demostrado ser unos profesionales y tener lo que hay que tener, vencer a la adversidad y lograr con su esfuerzo y tenacidad que no se alcanzara el perverso objetivo de quien o quienes querían humillarlos.
Os recomiendo entréis, a través del enlace, a su blog y leáis el artículo que han escrito sobre esto, que titulan -CARTA AL GUSANO “PICA CUBAS”-.
Nuestro homenaje más sincero: habéis dado una lección a todos.

domingo, 6 de abril de 2008

El “trabajo a tarea”...BUZÓN DE IDEAS, QUEJAS, SUGERENCIAS, ETC

Ahora que estamos negociando con la Empresa el artículo del Convenio referido a la jornada, en él que está incluido el trabajo a tarea, creo que convienen unas reflexiones con respecto al mismo.
Entendemos que este sistema no es ni bueno ni malo, quizás sea el que más se ajuste a la jornada laboral de un Comercial, en el sentido de que ésta ha de ser bastante más flexible que la del resto de trabajadores de la Empresa.
También entendemos que en la jornada del Comercial puede haber, en algunos casos, periodos de tiempo... no productivos, como desplazamientos, esperas en clientes, y alguno que otro más…
Que es el más difícil de controlar por parte de la Empresa, pues la mayor parte de su labor se realiza fuera de las instalaciones y de los ojos de sus superiores.
Por todo esto, siempre se han tenido en cuenta los resultados, más que las horas que se empleen, siendo el exceso de tiempo necesario para lograrlos negativo para evaluar al trabajador, como norma general, en cualquier Empresa que se precie. Los “Yupies” pasaron de moda pues se demostró que era negativo para todos, incluso a corto plazo.
Además, nada de esto puede llevar a la realidad que se vive hoy en día:
QUE EL COMERCIAL SE INCORPORA ANTES DE LAS OCHO DE LA MAÑANA Y SE VA DESPUÉS DE LAS SIETE DE LA TARDE DEL TRABAJO, A DIARIO, DE LUNES A JUEVES, Y POCO ANTES EL VIERNES.
Y, a pesar de esto, (que debéis gritar desde estas páginas), la Empresa dice que no se puede verificar que el año 2.007 los trabajadores en régimen de trabajo a tarea hayan trabajado un mínimo de dos jornadas más de las contempladas en Convenio, como parece que ocurre con el resto de trabajadores, y no procede siquiera su consideración.
Como cualquier trabajador, el Comercial tiene derecho a descansar, a estar con su familia, a disfrutar de su ocio… y no a estar bajo sospecha de que parte de su tiempo de trabajo no es efectivo y, por tanto, ha de “estar en permanencia” doce horas diarias para garantizar la productividad y las mil ochocientas horas anuales de trabajo efectivo que marca nuestro aún vigente Convenio Colectivo.
Escribo esto para que sirva de inicio al debate, a vuestros comentarios, seáis Comerciales o no; para que expreséis vuestras ideas, vuestras inquietudes, aportéis vuestras soluciones,… En definitiva, os manifestéis y quede muy claro lo que siente y piensa el Comercial de RENDESUR.

miércoles, 2 de abril de 2008

La máquina comienza a rodar.

Parece que la negociación del convenio comienza a dar sus primeros pasos. Tras la reunión mantenida el pasado martes por la comisión negociadora, la empresa está dispuesta a abordar la inclusión de la regulación del complemento personal para las nuevas contrataciones en nuestro convenio, mejorando así el famoso acuerdo que firmaron los compañeros de U.G.T., y lo que es mas importante, que esté recogido en el convenio y no en un acuerdo que a nuestro entender está incompleto y deja muchas dudas. Es sólo una declaración de intenciones, así que mañana le presentaremos a la empresa un borrador que hemos redactado hoy los componentes de la comisión negociadora por la parte social, a ver que reacción tendrá la empresa al respecto.
Seguiremos informando.

viernes, 28 de marzo de 2008

Visita al abogado.

Tras la visita realizada en el día de ayer a nuestros abogados en CC.OO., en referencia a la jornada anual de 1800 horas de trabajo efectivo regulado en nuestro XIV convenio que aún está en vigor, se nos informó que los calendarios laborales entregados por parte de la empresa correspondientes a los años 2007 y 2008, no se ajustan a lo acordado en dicho convenio, por lo tanto se convierte en un conflicto colectivo.
Este tema será abordado en la reunión que se ha de celebrar el viernes día 4 de abril, solicitada por el comité intercentros para tratar este conflicto colectivo.
De todos modos hemos de informar a todos los compañeros/as que no hayan solicitado la revisión de su jornada anual en 2007, que tienen de plazo hasta el 30 de abril para solicitar dicha revisión.
Recomendamos a todos los compañeros/as que utilicen los impresos creados a tal efecto, que se encuentran en el tablón de anuncios del comité que se encuentra en los vestuarios de producción.

jueves, 27 de marzo de 2008

Que lo sepas...

¿Sabías qué… condiciones prevalecen si un convenio y un contrato son diferentes?

Cuando nuestro contrato no recoja condiciones que se han acordado en el convenio que nos corresponda, el convenio prevalecerá sobre el contrato. De este modo, si por ejemplo nuestro contrato establece un pago de 4 euros por hora extra pero el convenio de nuestro sector fija que cada hora extra debe pagarse a seis euros, prevalecerá lo estipulado en el convenio, es decir, 6 euros. Los convenios colectivos suponen una especie de mínimos por debajo de los cuales no puede haber ningún contrato, aunque obviamente sí pueden superarse. De esta forma, siguiendo con nuestro ejemplo, si en otra empresa del mismo sector según nuestro contrato las horas extras se pagan a ocho euros será eso lo que deberemos percibir ya que los seis euros que marca el convenio suponen sólo un mínimo.

miércoles, 19 de marzo de 2008

De productividad y calidad en comercial.

En contra de lo que parece que es la idea predominante en esta Santa Casa acerca de la productividad y calidad en el trabajo de un Comercial, todas las tendencias y realidades actuales, tanto nacionales como internacionales, van en el sentido contrario.
Podría enunciar aquí teorías, citar textos de revistas especializadas, autores, etc., pero no se trata de eso, de demostrar mi erudición en el tema, cosa que habrá que hacer en otros foros para lograr que se entienda la realidad y se logre quitar la paja donde se pierde la aguja y el lastre actual que traba al Preventista o GPV, sea de Rural o Urbano.
A lo que vamos: estamos convencidos de que... sobran informes, reuniones y demás artificios de fuegos artificiales. Y para qué hablar de los “tiempos muertos”. En la actualidad la Empresa goza de medios informáticos para que los datos necesarios para la buena realización del trabajo se procesen y sea la figura del Gestor de Nuevos Productos quien se encargue de estudiarlos y ponerlos a disposición de cada Preventista, como información importante, que no como losa, para ayudarle a lograr los objetivos en las referencias que interese a la Organización en cada momento.
Entendemos que es, así mismo, misión del Jefe de Equipo llevar el seguimiento de cada una de las rutas y despachar de forma rápida y concisa con cada uno de sus titulares las posibles desviaciones en ventas y objetivos, proponiendo las medidas correctoras, así como facilitarle los datos referidos a introducciones, acciones, promociones, etc.
Y ya se pueden realizar todas o casi todas las gestiones de materiales de frío, mantenimiento de ficheros, actualizaciones en el Maestro de Clientes, etc. a través del terminal portátil.
Y YA ESTÁ!!!.
Como decía nuestro antiguo compañero de la Delegación de Sevilla, Macario Braojos, LO QUE HAY QUE HACER ES VENDER.
Y punto.
Solo añadir unas consideraciones: El Comercial, como todos los demás trabajadores, ha de trabajar para vivir, y no vivir para trabajar.
En ese sentido estamos trabajando desde la Sección Sindical de CC.OO., y luchando para lograr que el Comercial de Rendelsur pueda irse cada día a su casa con la satisfacción y tranquilidad del deber cumplido tras ocho horas de trabajo efectivo, productivo y rentable tanto para la Empresa como para él.
Para ello hay que actuar en varios frentes:
1º.- Determinación de una tarea realizable en las ocho horas.
2º.- Eliminación de labores inútiles y tiempos muertos.
3º.- Elaboración de una lista con las obligaciones del GPV.
4º.- Y principal, que sea el GPV el primer convencido y actor de estos deseables logros, (que no lo tengan que animar a irse a su casa por las tardes, como sabemos que ha ocurrido).
Por favor, seamos consecuentes, no propiciemos situaciones contra nosotros mismos.
Aquí puedes denunciar las posibles presiones, (si existiesen), para que esto no se cumpla.
Como veis, vuestros comentarios en este blog son muy importantes para todos. Los esperamos.

viernes, 14 de marzo de 2008

La unión hace la fuerza.

Es absolutamente cierto, no debemos nunca olvidarlo.
Viene este artículo en respuesta, (vaya por delante nuestro agradecimiento por la visita y el comentario), al compañero que nos recomienda tanto a CC.OO como a UGT que permanezcamos unidos para que así logremos más mejoras para todos los trabajadores en el XV Convenio, que es el que estamos... negociando con los representantes de la Empresa.
En primer lugar hemos de decir que todos los miembros de la actual Sección Sindical de CC.OO estamos convencidos de esto, trabajamos en esto y luchamos por esto. Hasta ahora, los compañeros de la Sección Sindical de UGT han demostrado estar en la misma onda.
Prueba de ello es la Plataforma conjunta que presentamos en Asamblea de Trabajadores, (en que nos comprometimos todos), y que es la que se está discutiendo.
Pero esto, con ser muy importante, no es lo único que hay que hacer:
La Empresa debe saber que verdaderamente os estamos representando, que es de todos la intención de avanzar en las mejoras, no solo de los Miembros del Comité.
Para que lo tenga muy claro, manifiéstate:
Manda tus comentarios al blog.
Asiste a las Asambleas.
Participa.

lunes, 10 de marzo de 2008

Grados de consanguinidad.


Aquí aclaramos cuales son los grados de consanguinidad, debido a la problemática que existe en nuestra empresa, a la hora de concedernos las distintas licencias retribuidas que nos corresponden por convenio. A ver si algún "Zeñorito" lee el artículo y se entera de una vez. (Tenéis que pulsar sobre las fotos para poder leer cada una.)






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domingo, 9 de marzo de 2008

Nuestro más sentido pésame.


Desde estas líneas, la sección sindical de CCOO de RENDELSUR, desea mostrar a la familia de Isaías Carrasco, el más sincero pésame de todos los trabajadores/as de RENDELSUR en la planta de Sevilla.

viernes, 7 de marzo de 2008

Realidad de la semana.

En la revista realidad de la semana de CCOO, han publicado un artículo que destaca a nuestro blog. Este es el enlace para todo aquel que quiera ver la revista:
Realidad de la semana.
Poco a poco nuestro blog cuenta con mas difusión.
Gracias a todos.

Llegamos con las pilas cargadas.

Ya regresamos de Toledo, en donde hemos conocido a gran cantidad de compañeros delegados de CCOO, de las distintas "begas",que comparten casi los mismos problemas con los que contamos en RENDELSUR. Compañeros de CASBEGA (Madrid), COBEGA (Gran Canaria y Palma de Mallorca. Los compañeros de Barcelona no acudieron a estas jornadas), COLEBEGA (Alicante y Valencia), BEGANO (A Coruña) y ASTURBEGA (Oviedo). Los compañeros de NORBEGA (Vizcaya)no acudieron a las jornadas, así como tampoco... los compañeros de RENDELSUR pertenecientes a los centros de Málaga y Badajoz. Tras las ponencias realizadas por los portavoces de los distintos centros de trabajo, vimos que el problema de la externalización de departamentos, es una práctica habitual en todas las "begas", la doble escala salarial también es un denominador común y así mismo la pérdida de antigüedad, que cómo todos conocéis fue ganada hace ya algunos años por esta sección sindical, y que recientemente los compañeros de CASBEGA han conseguido también en los tribunales. Hay mas aspectos, que si valoramos pero no vamos a relatar, debido a la extensión de los mismos. Pretendemos abrir una linea de comunicación directa entre las secciones sindicales de CCOO en los centros de trabajo, para así estar informados de lo que ocurra en las distintas "begas", apoyarnos sindicalmente en los diferentes conflictos que podamos tener, en definitiva, hacer de nuestras secciones sindicales una gran herramienta a nivel nacional, para defendernos los unos a los otros, y que así nuestras reivindicaciones cuenten con un mayor peso. Recordaros a todos, que el mejor mecanismo con el que contamos para mantener nuestros derechos, es el convenio colectivo, que debe servir para mejorar la situación laboral de los trabajadores, y ya que ahora nos encontramos en plena negociación de convenio, es de extremada importancia la unión entre todos nosotros, y la participación de todos en las distintas asambleas que se desarrollarán para tratar el tema de la negociación.
Desde estas líneas, queremos mandar un caluroso abrazo a todos los compañeros que han asistido a estas jornadas, y que ellos lo hagan extensible al resto de trabajadores de los distintos centros de trabajo.
Así mismo, agradecer a CCOO, la organización de este acto de convivencia entre los distintos delegados, ya que eventos como este nos hacen sentirnos mas fuertes y mejor preparados para desarrollar nuestra tarea sindical.
A todos ellos un fortísimo abrazo de parte de todos los trabajadoras/es de RENDELSUR en la planta de Sevilla.
SALUD!!!

martes, 4 de marzo de 2008

Nos vamos a Toledo.

Mañana 5 de marzo nos vamos a Toledo, a una jornada de formación organizada por la federación agroalimentaria de CC.OO., y en la que estarán representadas todos los concesionarios de coca-cola en España. La jornada tendrá una duración de dos días, regresando por lo tanto el día 6 a Sevilla. Esperamos debatir con los compañeros los diversos problemas con los que contamos, y así mismo poder recabar información del desarrollo de la actividad sindical en cada uno de los centros de trabajo, y las mejoras de cada uno de los convenios, algo que en plena negociación de nuestro convenio, nos puede venir bastante bien. Bueno compañeros... hasta el día 7, en el que os contaremos como se ha desarrollado esta jornada. Saludos.

lunes, 3 de marzo de 2008

Un poco de respeto por favor.

Se supone que una empresa debe respetar a sus trabajadores, y la máxima representatividad con la que cuentan los trabajadores es el comité. Bueno pues dicho esto, tenemos que exponer la desidia con la que la empresa trata a este comité y en definitiva a todos sus empleados. No cumple los objetivos pactados con el comité, no cuenta con nosotros para nada, como por ejemplo pactar el horario de los cursos de prevención, que la empresa... unilateralmente ha decidido impartir fuera del horario de trabajo. No adecua una sala del comité con los elementos necesarios y básicos para trabajar en condiciones, y no con los que actualmente contamos, como por ejemplo las sillas rotas, las mesas cojas, sin climatización, sin internet, entra agua cuando llueve, etc… Tampoco nos facilita un local en condiciones para poder realizar las asambleas de trabajadores. En fin… un auténtico desastre.
Ante este tipo de hechos, el único camino que le deja la empresa a la representación de los trabajadores, es el camino de los juzgados, por medio de demandas y conflictos colectivos, ya que es la única alternativa que nos queda, al ser imposible crear una línea de negociación y entendimiento, debido a la prepotencia con la que cuenta esta empresa y sus responsables.
Por todo esto pedimos a la dirección de la empresa el respeto que como representantes de los trabajadores merecemos, y que de una vez por todas acepte que vivimos en un estado de derecho, en el que los trabajadores como los empresarios, tienen deberes y DERECHOS, pero parece que a esta empresa solo le interesan sus derechos y nuestros deberes. Señores acéptenlo… FRANCO HA MUERTO!!!

miércoles, 27 de febrero de 2008

Toma de contacto.

En la reunión mantenida con la empresa durante el día de ayer, ésta dejó clara sus intenciones sobre algunos puntos propuestos por la parte social, que por otro lado es la única que ha planteado una plataforma para negociar.
La empresa nos remitió su negativa a entrar a negociar diversos puntos de nuestra plataforma, como era de esperar. Esto es sólo una toma de contacto que... sirve de tanteo para ambas partes. Es lógico que en el juego de la negociación, existan los típicos “tira y afloja”.
Nuestro objetivo es recuperar, al menos en parte, los beneficios sociales con los que contábamos no hace mucho e incluir nuevas mejoras para nuestro convenio.
Esto es sólo el comienzo, pero tenemos claro que con esta plataforma confeccionada y aprobada por los propios trabajadores el pasado 17 de noviembre de 2007, tenemos que dar el máximo de cada uno de nosotros.

Resumen de la plataforma confeccionada por la parte social.

Hacemos un resumen de las propuestas incluidas en la plataforma del XV convenio:

1-. Articulo 3º). - Ámbito Temporal o Vigencia. – 1 año.
Caso de no denunciarse por ninguna de las partes afectadas por este convenio colectivo, se revisará en todas sus condiciones económicas con el IPC real del año que se trate, más dos puntos.

2-. Articulo 8º). - Contratos. – Trabajadores externos.- El total de los/as trabajadores/as externos, ya sean con contratos de duración determinada...así como contratas, subcontratas, ETT, etc., que realicen trabajos derivados de nuestra propia actividad, no podrá superar nunca el 5% del total de la Plantilla adscrita al Centro de Trabajo origen de la misma.

3-. Articulo 9º). - Periodo de prueba.- Se establecen los siguientes periodos de prueba para el personal que por primera vez ingrese en la Empresa.

Trabajadores no cualificados quince días
Trabajadores cualificados dos meses
Trabajadores técnicos no titulados dos meses
Trabajadores técnicos titulados seis meses

Dicho periodo de prueba para ser válido como tal, habrá de figurar por escrito en el correspondiente contrato de trabajo.

Para aquellos trabajadores que ya hubiesen prestado servicio en la empresa en algún grupo profesional, se considerará superado el período de prueba.

4-.Articulo 10º).-. Ceses. – La Empresa deberá preavisar a todo trabajador con contrato de duración determinada que finalice su relación laboral con ella, con una antelación mínima de un mes a la fecha de expiración del mismo, indicándole tanto su finalización como los días de disfrute de vacaciones que le correspondan.

5-.Articulo 20º). - Jornada.-
1.- La jornada anual de trabajo efectivo será de 1776 horas. Se distribuirá de lunes a viernes.
2.- Todos los trabajadores en el ámbito de este Convenio disfrutarán de treinta minutos en concepto de bocadillo, entendiéndose como tiempo efectivo de trabajo a todos los efectos, que serán establecidos en un horario negociado con el Comité de Empresa o Delegado de Personal y que será publicado en los tablones de anuncios, de manera que no se interrumpa el proceso productivo.
Teniendo en cuenta la jornada establecida, el personal del Departamento Comercial continuará trabajando a tarea, entendido como tal que su horario diario comenzará a las ocho horas y concluirá como máximo a las dieciséis horas, o cuando la tarea encomendada este realizada satisfactoriamente, si esto ocurre antes. Para el personal que atiende a Clientes de Mercado Nocturno, su horario comenzará a las diecinueve horas, y alcanzará como máximo a las tres horas. La comida en Cliente se considera tiempo de trabajo efectivo.
Toda reunión, curso, etc. deberá organizarse para que se realice dentro del horario laboral, no debiendo restar más de una hora semanal al cometido de la tarea del Comercial. En el caso de cursos, se establecerán turnos y las personas asistentes serán sustituidas durante la duración de los mismos.
3.-Si por necesidades de trabajo el personal a tarea ha de prolongar excepcionalmente la jornada, dicho exceso se computará como horas extraordinarias.
5 – Todo el personal que se encuentre encuadrado en los Grupos I y II, y que desempeñe sus funciones en los distintos Departamentos de Administración, (Financiero, Compras, RR.HH., RR.PP., Comercial, Customer, S.A.C., etc. y los de nueva creación), disfrutará durante los meses de julio y agosto de jornada reducida, siendo ésta desde las ocho a las quince horas.
6 – Se establece un Calendario Laboral en el que se recogen los horarios, (con hora de comienzo y terminación), y turnos de la totalidad de la Plantilla. Dicho Calendario deberá estar negociado con el Comité de Empresa antes del comienzo del año natural, en que será público, y regularlo por las posibles compensaciones por exceso de jornada anual que quedarán reflejadas en el mismo para que no se exceda de la jornada anual pactada.
Las necesarias modificaciones en dicho Calendario por incorporaciones o bajas por Campaña, etc., deberán ser negociadas con el Comité de Empresa o Delegado del Centro de Trabajo afectado.
6-.Articulo 22º). - Vacaciones.-
A) Los trabajadores que hubiesen prestado sus servicios a la Empresa durante un año, tendrán derecho al disfrute de veinticuatro días laborables de vacaciones.
D) Las vacaciones anuales, podrán disfrutarse de mutuo acuerdo con la Empresa, en un solo periodo o, por el contrario, en dos periodos de doce días laborables. En el caso de que haya de disfrutarse en dos períodos dentro del área técnica (producción y almacén), de doce días laborables, uno de ellos lo será entre el quince de junio y el quince de septiembre, estableciéndose una rotación anual para dicho periodo. Salvo pacto en contrario.
H) Cuando un trabajador, comience a disfrutar sus vacaciones anuales, recibirá de la Empresa una notificación escrita, con indicación de la fecha de comienzo y finalización de las mismas, (y) fecha de incorporación al trabajo y turno correspondiente. La reincorporación al trabajo tras el periodo vacacional se producirá en el mismo turno en el que se encontraba, salvo que la empresa le haya comunicado, con al menos cuatro días de antelación, otra cosa. El turno será el que conste en el Calendario Laboral.
I) Bolsa de vacaciones.- al objeto de compensar o indemnizar de algún modo al personal, por su acondicionamiento en cuanto a las fechas del disfrute de sus vacaciones anuales reglamentarias, resultante del carácter fuertemente estacional del trabajo en la empresa, dicho personal tendrá derecho a percibir, en concepto de bolsa de vacaciones el importe reflejado en el anexo nº 7, hasta el grupo profesional III exclusive.

La compensación señalada se abonara en un pago único en el mes de xxxx, salvo para el personal eventual que la percibirá prorrateada en mensualidades ordinarias.
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.
7-. Articulo 23º). - Excedencias.-
Redacción según Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. En el supuesto de parto, la trabajadora tendra derecho a una suspensión de contrato con una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. El período de suspensión se distribuirá a opción de la interesada siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento de la madre, con independencia de que ésta realizara o no algún trabajo, el otro progenitor podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste del período de suspensión, computado desde la fecha del parto, y sin que se descuente del mismo la parte que la madre hubiera podido disfrutar con anterioridad al parto. En el supuesto de fallecimiento del hijo, el período de suspensión no se verá reducido, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas de descanso obligatorio, la madre solicitara reincorporarse a su puesto de trabajo.
No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas inmediatamente posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que ambos progenitores trabajen, la madre, al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar por que el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. El otro progenitor podrá seguir haciendo uso del período de suspensión por maternidad inicialmente cedido, aunque en el momento previsto para la reincorporación de la madre al trabajo ésta se encuentre en situación de incapacidad temporal.
En el caso de que la madre no tuviese derecho a suspender su actividad profesional con derecho a prestaciones de acuerdo con las normas que regulen dicha actividad, el otro progenitor tendrá derecho a suspender su contrato de trabajo por el periodo que hubiera correspondido a la madre, lo que será compatible con el ejercicio del derecho reconocido en el artículo siguiente.
En los casos de parto prematuro y en aquéllos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, el período de suspensión podrá computarse, a instancia de la madre, o en su defecto, del otro progenitor, a partir de la fecha del alta hospitalaria. Se excluyen de dicho cómputo las seis semanas posteriores al parto, de suspensión obligatoria del contrato de la madre.
En los casos de partos prematuros con falta de peso y aquellos otros en que el neonato precise, por alguna condición clínica, hospitalización a continuación del parto, por un período superior a siete días, el período de suspensión se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales, y en los términos en que reglamentariamente se desarrolle.
8-. Articulo 24º). - Licencias.-
Retribuidas
A) Por matrimonio o por unión de pareja de hecho 15 días laborables
B) Por fallecimiento del cónyuge o (un) hijo/a 3 días laborables
C) Por el nacimiento de hijo, accidente
o enfermedad graves, hospitalización
o intervención quirúrgica sin hospitalización
que precise reposo domiciliario, de
parientes hasta el segundo grado
de consanguinidad o afinidad. 3 días laborables

Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un
desplazamiento al efecto, el plazo será de siete días.

Por nacimiento de hijo, adopción o acogimiento.-
12 días ininterrumpidos

Ampliables en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo.
Esta licencia es independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad regulados en el artículo 48.4.del Estatuto del Trabajador
En el supuesto de parto, la suspensión corresponde en exclusiva al otro progenitor. En los supuestos de adopción o acogimiento, este derecho corresponderá sólo a uno de los progenitores, a elección de los interesados; no obstante, cuando el período de descanso regulado en el artículo 48.4 del E.T. sea disfrutado en su totalidad por uno de los progenitores, el derecho a la suspensión por paternidad únicamente podrá ser ejercido por el otro.
El trabajador que ejerza este derecho podrá hacerlo durante el período comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo, previsto legal o convencionalmente, o desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, hasta que finalice la suspensión del contrato regulada en el artículo 48.4 del E.T. o inmediatamente después de la finalización de dicha suspensión.
La suspensión del contrato a que se refiere este artículo podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50 por 100, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, y conforme se determine reglamentariamente.
F) Por cambio de domicilio 2 días laborables
J) Dos días para asuntos propios una vez al año y siempre que se preavise a la empresa con siete días de antelación, no pudiendo ser disfrutadas entre festivos (puentes), ni coincidir mas de un 5% del personal del departamento.
La petición se realizará por escrito, mediante solicitud puesta a disposición de los/as trabajadores/as, facilitando una copia para el interesado.
K) Por matrimonio o por unión de parejas de hecho,
De hijo, hermanos y hermanos políticos o por fallecimiento
de tíos y sobrinos
1día laborable

L) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.
Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.

La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad y acumularlo en jornadas completas.
Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen.

En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario.

Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.

Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres.
La trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.


Estos derechos se podrán ejercitar en los términos que para estos supuestos concretos se establezcan entre la empresa y los representantes de los trabajadores y en cada caso concreto con acuerdo de la trabajadora afectada, no pudiendo vulnerar dichos acuerdos que se adopten los conferidos por la legislación vigente al respecto.
En su defecto, la concreción de estos derechos corresponderá a la trabajadora, siendo de aplicación las reglas establecidas en el párrafo primero de este apartado, incluidas las relativas a la resolución de discrepancias.
9-. Articulo 30º). - Sistemas de Retribución por Rendimiento.-
Además, los Objetivos para lograr los Incentivos Variables deben cumplir los siguientes requisitos:

1 - Deberán ser perfectamente medibles y cuantificables.

2 - Serán consensuados entre el trabajador y su Jefe inmediato superior.


3 - Estarán necesariamente definidos diez días antes del comienzo de cada periodo, que continuará siendo cuatrimestral. Se harán tres copias, firmadas cada una de ellas por las dos partes: una para el interesado, otra para su Jefe y otra que éste deberá remitir a RR.HH., desde donde se informará al Comité o Delegado de Personal.

4 - En los quince días posteriores a la terminación del periodo, el Jefe remitirá un informe con los puntos logrados y los no logrados a RR.HH., por cada trabajador a su cargo, firmado de nuevo por las dos partes.

5 - El importe total anual a conseguir será igual para todos los trabajadores de cada Área.

En el Área Comercial, estos, además de lo anterior, se atendrán a los siguientes criterios:

a) No podrán superar el diez por ciento de la cifra de ventas del año anterior en el mismo periodo y en la misma área geográfica para la referencia negociada en cada apartado en el periodo del cuatrimestre en cuestión. De cambiarse dicha área geográfica, se deberá ajustar el Objetivo según los cambios efectuados.
b) No se contemplarán referencias que lleven menos de dos años ininterrumpidos de comercialización por parte de la Empresa en cada Centro de Trabajo.
c) El importe total del incentivo será igual, como se establece en el apartado 6, para todos los Comerciales, sean Titulares de Ruta, Sustitutos o estén en cualquier otra disposición, entrando dentro de esto último los que hayan sido Comerciales y pasen por cualquier razón a otro destino dentro del Área Comercial, como Apoyo a Rutas, Movimiento de Medios, Merchandising, etc.
d) En el caso de las personas que tienen derecho a estos incentivos y no son Titulares de una Ruta, se le abonará la media aritmética de los logrado por todas las Rutas de la Delegación.
e) El importe de los Incentivos Anuales, que se definen en el Anexo XX, estará sujeto a los incrementos que se establecen en el presente Convenio Colectivo.
Toda discrepancia se resolverá por la Comisión Delegada nombrada a tal efecto por el Comité Intercentros y un responsable de RR.HH.
- Complemento Personal nuevas Contrataciones desde 2.007.- plasmar acuerdo de los cinco mil euros mejorándolo.
10-. Articulo 31º). - Incremento Salarial.-
Los conceptos salariales del año 2008 se incrementarán, sobre los del año 2007, en el 100% del IPC real más 2 puntos.

Durante el siguiente año de vigencia del convenio, y con efectos de 1º de enero de cada año, los conceptos salariales y económicos aquí pactados se incrementarán en un porcentaje equivalente al 120 % del IPC previsto oficialmente por el Gobierno para ese año. En el supuesto de que el IPC real experimente a fin de cada año una evolución superior al IPC previsto se revisará en la diferencia hasta garantizar el 100% del IPC real más 2 puntos.
11-. Articulo 32º). - Seguros de Vida y Accidente
a) De treinta y seis mil cursos (24.040,48 36.000 Euros), en los supuestos de muerte y en los de invalidez permanente total o absoluta de dicho trabajador, cantidad que, en los supuestos de invalidez, sólo se hará efectiva una vez firme la declaración de dicha contingencia realizada por el Organismo pertinente de la Seguridad Social

b) De setenta y dos mil euros (48.080,96 72.000 Euros), en los de su muerte por accidente, fuese éste de trabajo o no.

c) De ciento ocho mil euros (72.121,44 108.000 Euros), en los de su muerte por o como consecuencia de un accidente de tráfico o circulación
II -) Plan de Pensiones o de Jubilación.-
4) Se establece una colaboración económica para Plan de Pensiones o de Jubilación, de XXX,XX euros mensuales.
12-. Articulo 33º). - Indemnizaciones, Ayudas, Pluses y otros Beneficios Extrasalariales.
1) Por matrimonio o union de parejas de hecho
La cantidad a percibir ascenderá a: --250,35 Euros
2) Por nacimiento de un cada hijo incluyendo la adopción o acogimiento
La cantidad a apercibir ascenderá a: --125,17 Euros
3) Por hijos discapacitados ó con minusvalías físicas
o psíquicas que precisen una educación especial: -- 350.- Euros

5) El trabajador que tenga a su cargo algún hijo u otro familiar en condiciones de minusválido físico o psíquico, reconocido como beneficiario en su documento de la Seguridad Social y que reciba de esta la prestación correspondiente por dicha causa, recibirá de la Empresa —350.- Euros mensuales por cada familiar en tales circunstancias, salvo si ya fue considerado a efectos de lo dispuesto en el Apartado 3) anterior.
6) En concepto de Bolsa de Estudios, la Empresa abonará anualmente a los trabajadores afectados, las cantidades que a continuación se detallan para cada hijo en función de los siguientes grupos de edades:
1.1 De 3 a 5 años……………………… 100.00 euros
1.2 De 6 a 11 años……….......................... 130.00 euros
1.3 De 12 a 17 años ………………….... 200.00 euros
1.4 De 18 a finalización de estudios ….... 400.00 euros
Estas cantidades serán abonadas en el mes de Octubre de cada año, previa presentación a la Empresa de los correspondientes justificantes de matrícula.
Se establece una colaboración económica para el pago de la prima de Seguro Médico Privado, del 80% del valor de la prima mensual.
13-. Articulo 36º). - Dietas.-
Se abonará un Plus de Transporte para todos los trabajadores de los Grupos I y II, de 2.00 euros por día trabajado.
Articulo 39º). - Indemnizaciones Complementarias en Incapacidad Temporal.-
En caso de enfermedad, accidente de trabajo o accidente no laboral.-
A) En caso de accidente de trabajo.- Una indemnización complementaria hasta alcanzar el 100 por 100 de su salario real desde el primer día.

B) En caso de enfermedad o accidente no laboral.- La Empresa complementará el 100 % de su salario real desde el primer día la base reguladora desde el primer día en caso de hospitalización y de no ser necesaria ésta, a partir del décimo día en que el trabajador se encuentra en dicha situación de Incapacidad Temporal.

C) Pago único.- En las situaciones de baja médica por incapacidad temporal sin hospitalización como consecuencia de enfermedad común o accidente no laboral, la Empresa abonará al trabajador afectado el 100% de la base reguladora de los tres primeros días de incapacidad, una vez al año.

14-. Articulo 40º). - Cajas para el consumo familiar.- Todo el personal perteneciente a la Empresa tendrá derecho a retirar mensualmente de los Almacenes, ya sea de RENDELSUR como de Sandalo los Almacenes de Cajas , con una valoración del 50 % del precio de mercado, DOS CAJAS de producto en sus distintos sabores y de todos aquellos tamaños que son embotellados/enlatados por RENDELSUR. Se podrá optar por un pago único en nomina por el valor del 100 % UNA CAJA según precio de tarifa actualizado.
Articulo 41º). - Premios años de servicio.-
Trabajadores
** A los 10 años de servicio en la Empresa --1.244,51 Euros
** A los 15 años de servicio en la Empresa -- 1.387,04 Euros
** A los 20 años de servicio en la Empresa --1.460,00 Euros
** A los 25 años de servicio en la Empresa --1.528,39 Euros
**A los 30 años de servicio en la Empresa --1.790,32 Euros
** A los 35 años de servicio en la Empresa --2.150,00 Euros

El premio establecido de 10 años de servicio continuado en la Empresa, será a extinguir a partir del día 31 de Diciembre de 1989, siendo sólo de aplicación para aquellos trabajadores en plantilla a dicha fecha.
15-. Articulo 44º). - Multas de Tráfico.- Las multas por estacionamiento indebido impuestas al personal del Departamento Comercial cuando condujera vehículos de la Empresa en el desarrollo de su trabajo y dicho estacionamiento hubiese venido exigido sobreviniera por la mejor realización de dicho trabajo a juicio del Jefe responsable, se abonarán a partes iguales por la Empresa y el conductor de que se trate. Serán totalmente a cargo de la Empresa cuando dicho estacionamiento fuese le hubiese sido expresamente ordenado por tener que realizar allí tareas de carga y descarga..
16-. Articulo 45º). – Vestuario
Los trabajadores que prestan sus servicios como carretilleros, operarios de paletizadores recibirán además un chaquetón de abrigo y un equipo de lluvia.

Los trabajadores que tengan acceso a cámaras frigoríficas, recibirán un equipo individual con la protección térmica apropiada.
Todo el personal administrativo recibirá una vez al año como compensación vestuario, la cantidad de ciento cincuenta euros como consecuencia del desgaste efectuado durante todo el año.
17-. Articulo 45º). - Salud Laboral.- Obligaciones de la empresa en materia de Prevención de Riesgos.-
a) La empresa facilitara a los delegados de prevención un crédito horario de 30 horas mensuales para el desarrollo de sus funciones y competencias como delegados de prevención en su centro de trabajo .

Conforme al artículo 36.4 del Estatuto de los Trabajadores, para garantizar la misma protección y prevención con relación a los Riesgos Laborales, se establece un Servicio Médico en las mismas condiciones para cada turno.
18-. Articulo 47º). - Formación Profesional.-
El horario de los Cursos de Formación Profesional se efectuará dentro de la jornada laboral.

La Empresa abonará el importe de la matrícula a todo aquel trabajador que realice estudios relacionados con su profesión o grupo profesional.
Disposición Final Tercera.- Reuniones del Comité Intercentros.-
No serán tenidas en cuanto, a efectos de lo establecido en el articulo 68), apartado e) del Estatuto de los Trabajadores, las horas dedicadas por el Comité Intercentros en lo relacionado al párrafo anterior siendo en consecuencia retribuidas en todos los conceptos, como de presencia en el puesto de trabajo.



lunes, 25 de febrero de 2008

Leyendas urbanas.

Esto en vez de una fábrica de bebidas refrescantes, cada vez se parece mas al palacio de Linares, lleno de fenómenos paranormales y leyendas urbanas. Comenzaremos comentando las diversas leyendas urbanas que circulan por la empresa. Solo haremos alusión a algunas de ellas porque no habría papel para alojarlas a todas, así que expondremos las más interesantes:

1ª-. Al familiar directo de un trabajador lo tienen que intervenir... quirúrgicamente, y el encargado, que tiene un alto “conocimiento” de nuestro convenio le pregunta: ¿Es con anestesia general? Porque si no es así no te doy los días. Vamos a ver… los parapsicólogos califican esta serie de sucesos como “alucinaciones colectivas”, ya que los supuestos visionarios creen ver cosas donde no las hay. ¿Me pueden explicar estos visionarios en que artículo de nuestro convenio se requiere que la intervención quirúrgica sea con anestesia general? A continuación exponemos el artículo 24º donde hace alusión a este tipo de licencias, en concreto en el apéndice C:
Por nacimiento de hijo, enfermedad grave del cónyuge, padres, hijos, hermanos, padres políticos o intervención quirúrgica mayor………. 2 días laborables.
Entendemos que la intervención quirúrgica mayor, es toda aquella que no sea ambulatoria, y que requiera la intervención en un quirófano, sea con anestesia local o general. Un ejemplo muy claro, es que hay diversas intervenciones graves que se realizan con anestesia local como por ejemplo algunas tumorectomías, que para aquel que no lo sepa supone la extirpación de algunos tipos de tumores. Sin comentarios.

2ª-. Hola que tal… necesito un día de asuntos propios. Y pregunta el encargado: ¿Para que? Esta leyenda es bastante graciosa porque no deja de ser extraño el interés del encargado en saber que queremos hacer con el día. Esto en parapsicología se denomina “abducción mental”, ya que la entidad en cuestión quiere saber todo lo que pasa por tu cabeza, en fin. Artículo 24º apéndice J:
Dos días para asuntos propios una vez al año y siempre que se preavise a la empresa con siete días de antelación, no pudiendo ser disfrutadas entre festivos (puente), ni coincidir mas de un 5% del personal del departamento.
¿Dónde dice que el trabajador tiene la obligación de comunicar al encargado el motivo de la petición? La verdad es que esta leyenda es curiosa donde las haya.

3ª-. Oye… que me ha dicho el de CC.OO. que si me corresponden dos días. Respuesta del encargado: ¿Y tu para que le preguntas al de CC.OO. no te fías de mi? No vuelvas a consultar nada a los del comité, cuando tengas un problema me lo dices a mi.
Esta leyenda es muy particular y realmente nos pone de mala leche. Este hecho sería catalogado por nuestro gran amigo y admirado Dr. Jiménez del Oso, como “posesión por ente agresivo”, que no es más que privar de conciencia propia y libertad al individuo afectado. Para este caso, recurrimos no a nuestro convenio sino a la carta de los derechos humanos (si, si, los derechos humanos existen, no son una leyenda) en sus artículos:
19º: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
23º.4: Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Es preocupante no sólo el poder que se autoasignan los jefes, sino el conformismo de algunos trabajadores. Este sindicato y sus componentes se dejan la piel cada día para defender los derechos nuestros compañeros, no tires nuestro trabajo por tierra haciendo caso a lo primero que te diga tu jefe, consúltanos, para eso estamos.
Bueno “amigos del misterio”, seguiremos investigando los casos paranormales que sucedan en esta empresa y volveremos a informar.
Desde estas líneas volvemos a pedir a la dirección de la empresa que de un curso de interpretación de convenio a los jefes, para que de una vez conozcan el convenio que trabajadores y empresa negocian cada cuatro años, y no el que ellos se quieran inventar.
Cuenta con tus representantes, no te dejes engañar.

miércoles, 20 de febrero de 2008

Entregada a la empresa la platafoma del XV convenio colectivo.

Ayer día 19 de febrero, se le hizo a la empresa entrega por la parte social, de la plataforma de convenio que fue consensuada y aprobada por los trabajadores, en la asamblea celebrada el pasado 17 de noviembre de 2007. La empresa se limitó a recepcionar dicha plataforma, y entró a valorar por encima algunos puntos de la misma, alegando según la empresa, que las pretensiones del comité en materia de reducción de jornada eran excesivas... se supone que acabamos de empezar la negociación. Ya iremos saliendo de dudas a medida que se vayan desarrollando las reuniones, y así mismo, iremos dando traslado de lo que en ellas ocurra a través de los artículos publicados en este blog.

martes, 19 de febrero de 2008

Revisión de la jornada anual de 2007.

Queremos comunicar a todos nuestros compañeros, que en el tablón de anuncios del comité que se encuentra en los vestuarios de producción, están dispuestos los formularios de revisión de la jornada anual del año pasado para todo aquel que lo quiera solicitar. Sólo tiene que poner su nombre en la solicitud y entregársela al encargado de su área. Si dicho encargado se negase a recepcionar la solicitud, estaría desatendiendo seriamente sus funciones como mando superior, así que no dudéis en comunicárnoslo. Ante la negativa de algunos encargados de recepcionar la solicitud, esta sección sindical a puesto los hechos en conocimiento al jefe de RR.HH., comprometiendose este a que transmitirá a todos los responsables, la obligación por su parte, de hacerse cargo de las solicitudes para posteriormente enviarlas a RR.HH.

lunes, 18 de febrero de 2008

EL ZEÑORITO

Una de las situaciones que se han ido asentando gracias a la ceguera que ha venido padeciendo durante años RR.HH. y la propia dirección, es la de la reaparición de un personaje al que podemos definir, para entendernos todos, como “EL ZEÑORITO”.
EL ZEÑORITO
no es ni más ni menos que el responsable que ha convertido... su área o delegación en su propio “Cortijo”.
El crea o modifica a su antojo las normas, se salta las establecidas por la empresa, el convenio o el estatuto. Se cree y se siente dueño y señor de todas las cosas, entendiendo también como “cosas”, al personal que la empresa ha puesto bajo su dirección.
Su instinto, (que no inteligencia, de la que no suele estar muy dotado), le ha hecho construir una muralla defensiva creando una desconfianza de dirección hacia sus subordinados, la cual le sirve de excusa para justificar todas sus tropelías, sean caprichos, amenazas, abusos o despidos.
Al mismo tiempo, ha creado un ambiente de terror en su entorno, haciéndolo más cerrado, más inexpugnable, y con posibilidad casi nula de que salga al exterior su modo real de proceder.
¿Qué se puede hacer ante esto?
En primer lugar, realiza siempre tu trabajo de la mejor forma posible, sin atajos, sin “chapuzas”, aunque así te lo indiquen, (puede ser una trampa), salvo que te lo den por escrito.
En caso de recibir coacción o amenazas de cualquier tipo, DENUNCIA. Ponlo en conocimiento de tu delegado de CC.OO.
Conoce tus derechos tan bien como tus obligaciones, niégate a realizar lo que no es tu cometido y pon esto en conocimiento de la sección sindical de CC.OO. para denunciarlo a quien corresponda.
Es la manera de que “El Zeñorito” no continúe campando a caballo por “su Cortijo”.

Expedientes contradictorios.

Tras la decisión de la empresa de abrir EXPEDIENTE CONTRADICTORIO a cinco de los integrantes de esta sección sindical, el pasado 21 de enero de 2008, según la empresa, por "haber disfrutado del crédito horario del que disponemos como representantes de los trabajadores, el día 11 de enero, sin venir precedida del correspondiente preaviso", (algo que es totalmente rebatible ya que el día anterior intentamos preavisar la salida a las 18:30, y no había nadie en RR.HH. para recepcionarla) ante lo cual, presentamos dentro... del plazo que estipula la ley un ESCRITO DE DESCARGO el 24 de enero de 2008. A día de hoy no hemos recibido notificación alguna por parte de la empresa, a lo que entendemos es un SILENCIO ADMINISTRATIVO, por lo tanto la sanción queda sin efecto. No sabemos si entender esta apertura de expediente contradictorio, como un intento de amedrantarnos, algo que jamás conseguirán, ya que estamos concienciados de que la premisa mas importante con la que debe contar un representante de los trabajadores es la valentía. También queremos aprovechar, para desde estas lineas, agradecer a todos aquellos compañeros que nos han mostrado su apoyo, que han sido muchos y a la Unión provincial de CC.OO. Sevilla. También decir a algún que otro encargadillo que se hubiera alegrado de que nos sancionasen, que otra vez será y que al final a ver quien se ríe de quien...

domingo, 17 de febrero de 2008

Bienvenidos.

Bienvenidos a este nuestro blog de la sección sindical de CC.OO. en Rendelsur. Desde este blog iremos informando a todos nuestros compañeros sobre los acontecimientos que se vallan desarrollando tanto en nuestra sección sindical como en todo lo que rodee a la empresa para la que trabajamos. A través de este blog no sólo tendrán derecho a publicar los componentes de la sección sindical, sino que todos los que quieran, podrán dejar sus comentarios y así hacer un blog dinámico y participativo. Iremos informando sobre el contenido de reuniones mantenidas con el comité de empresa, intercentros, etc..., la convocatoria de asambleas, negociación de convenio, fotos, revista y demás contenidos. Esperamos que a través de este medio podamos contar con una comunicación mucho mas fluida con todos nuestros compañeros. Sólo nos queda transmitiros un gran abrazo por parte de todos los integrantes de la sección sindical de CC.OO., y que compartáis con nosotros la ilusión con la que elaboramos este blog.
Saludos.